Araceli Jara
Cotrina
Resumen
Palabras
clave: embrión humano, dignidad,
persona.
Abstract
The human embryo
is the last result of the merger of the masculine gamete (sperm) with the
feminine (ovum); in this instant it begins the vital cycle of the new being.
The embryo is a human person, not potentially, but is in act. It have dignity
from the instant of the conception, it has an excellent and autonomous being,
in itself. The human embryo has in itself all ready capacities to develop and
achieved the fullness of its personal being. Therefore, it deserves to be
recognized, respected, loved and treated as such.
Key words: Human embryo, dignity, person.
Introducción
En la actualidad, se ha creado muchos debates en
torno a la vida humana y la bioética y muy específicamente se ha centrado en la
realidad del embrión humano; existen por ejemplo, investigaciones científicas, proyectos legislativos
o medias políticas referentes al origen de la vida humana relacionadas con: las
manipulaciones genéticas, experimentos con embriones humanos, utilización de
células madres embrionarias, etc. En las
que el concepto de
persona humana y
dignidad ha perdido sus bases
filosóficas y antropológicas, adquiriendo
una nueva definición, basada en intereses personales o políticos. Así, a
la persona humana se le ha
quitado su categoría
de persona porque aún
no ha nacido
o porque tiene
una enfermedad que le puede
dificultar o impedir desplegar todas las cualidades y
características inherentes al
ser personal.
Así pues, en la sociedad relativista actual en que el
significado de persona humana se ve resquebrajado, se hace necesario hablar de
dignidad de la persona y por tanto, del embrión humano.
La presente investigación pretende dar una
fundamentación ontológica de la dignidad, incidiendo en el valor inalienable de
la vida humana en su primera etapa. Para lograr este objetivo, se tendrá en
cuenta los siguientes aspectos: la definición de embrión humano, el significado
de persona humana y finalmente se hablará de la dignidad humana con su
respectiva fundamentación.
El Embrión
humano
El embrión humano posee un estatuto biológico. El ciclo vital del ser
humano se inicia a partir de una célula única: el cigoto, formada por la unión
del óvulo con espermatozoide, que tras un proceso de desarrollo específico da
lugar a la formación de un individuo humano adulto.
El inicio de la vida
de un nuevo ser humano se da con la fusión de los gametos humanos: el
espermatozoide y el óvulo, a través de un proceso natural de fecundación o a
través de otros medios que alcancen a formar una realidad biológica a partir de
la cual se pueda desarrollar un ser humano adulto, tal es el caso de la
fecundación artificial.
LÓPEZ Natalia, sostiene que “la fecundación no
es un “instante”, sino un proceso que dura horas, y solo tras la constitución
del cigoto, al final del proceso de fusión de los gametos, se establece la
identidad genética del nuevo individuo. Sea como fuere, la forma y el modo como
ha llegado a la vida, engendrado o por fecundación artificial, cada cigoto vivo
es un ser humano, con el carácter personal propio y específico de todos los
individuos de la especie humana. El ciclo vital tras la concepción tiene un comienzo
y un final definidos. Y a lo largo de su existencia cada uno requiere, de
distinta manera y con intensidad diferente, la interacción con el medio donde se
desarrolla, que obviamente es el seno materno, nada fácil de sustituir por
ningún otro”.[1]
Existen posturas que
afirman que el embrión, “hasta su implantación en el útero materno no es
persona o ser humano, sino tan solo un conjunto de células, un mero material
biológico”[2]. Esta
postura es una concepción reduccionista del embrión humano, para dar lugar, al
uso instrumental del mismo. Así bajo esta concepción se viene utilizando al
embrión como material de experimentación para cualquier fin, o manipulado con
fines ajenos a su propio bien. “la biología muestra cada vez con mayor
evidencia que el embrión no es una simple yuxtaposición de células o un
conglomerado celular. Como todo ser vivo, posee una unidad intrínseca en donde
las partes están en función del todo en orden a vivir y con la posibilidad de
transmitir vida”.[3]
El desarrollo
embrionario presenta unas propiedades o características que permiten evidenciar
la unidad intrínseca del embrión, estos son: la coordinación, la continuidad,
gradualidad, autonomía e interactividad.[4]
a) Coordinación.- consiste en que todo proceso del desarrollo embrionario es consecuencia
de una sucesión de actividades moleculares y celulares dirigidas por el mismo
embrión. Es la capacidad de autorregular su desarrollo en una dirección, con
capacidad de autogobierno biológico propio. Por tanto, el embrión no es un
conglomerado de células.
b) Continuidad.- nos indica que el desarrollo embrionario forma un todo, mostrando una
evolución sin quiebras en todas sus fases, tanto a nivel morfológico como
molecular. Los cambios se dan de modo gradual, con una rigurosa unidad en la
totalidad. Cada paso depende del anterior, de tal forma que el sistema, cuando
existen las condiciones internas y externas adecuadas, desarrolla sus inmensas
potencialidades según una finalidad ontogénica y un plan unificador intrínseco.
c) Gradualidad.- el desarrollo embrionario se realiza de modo gradual, así, los rasgos
que caracterizan a un ser vivo se configuran en el curso del desarrollo, desde
la fase de cigoto hasta la forma final.
d) Autonomía.- el embrión posee una independencia en su desarrollo; hasta que no se
fija en la pared del útero materno está situado fuera de la madre desde un
punto de vista biológico. La madre proporciona el ambiente necesario para el
desarrollo del embrión, pero el embrión tiene autonomía propia.
e) Interactividad con el medio.- la capacidad de interacción muestra un todo orgánico
que posee una unidad y responde al ambiente desde él mismo, cuando un
conglomerado solo mostraría respuestas independientes y sin orden entre sí.
Todas estas
características nos permitirán más adelante fundamentar la dignidad del embrión
humano.
El término persona está relacionado con la noción de lo prominente o
relevante, es decir con la idea de dignidad. Con este término se subraya “la
nobleza de aquello de lo que se predica”.[5] Procede
del verbo latino «personare», que significa resonar, hacer eco, sonar con
fuerza. Pero la raíz de este significado se halla en el término griego prósopon, que significa: “aquello que se
pone delante de los ojos”, era una máscara utilizada por los actores en el
teatro para hacer más sonora la voz del actor, así la voz del personaje
sobresalía, se hacía oír; la máscara también servía para identificar a los
personajes en la acción teatral. De aquí la derivación de persona como per se sonans, es decir quien posee voz por sí mismo. Y
consecuentemente, la definición propia del Derecho Romano para quien la
“persona es sujeto de derecho e incomunicable para otro”.[6]
BOECIO, filosofo de la época medieval, definió el
término persona como: Substancia individual de naturaleza racional”[7]; esta
definición es eminentemente ontológica, pues, hace referencia a dos aspectos
fundamentales del ser personal: una realidad individual-subsistente y un modo
de ser específico, de naturaleza racional (categorías filosóficas procedentes
del aristotelismo).
La definición de BOECIO, se puede expresar de la
siguiente manera: La persona es substancia,
es decir, posee en sí mismo el ser que además es incomunicable (el ser que
tiene cada uno no puede pasar a otro); al decir sustancia individual, se quiere expresar la unidad en el ser, la persona es
un ser no dividido y como tal se distingue de los otros individuos de la misma
especie; y al referirse a naturaleza
racional, se quiere expresar su esencia como principio de operaciones, que
le hace capaz de conocer y poseer la realidad y además, capaz de tomar
decisiones.
Por otro lado, el personalismo ontológico, valiéndose
del método fenomenológico, describe a la persona humana desde dos planos: uno ontológico: la persona es
sustancia individual, cuyo ser es incomunicable, aunque se abre
intencionalmente a toda la realidad; y subsiste como substrato último y raíz de
las operaciones y actos libres; y otro dinámico- existencial: que
implica un crecimiento del ser personal. La persona se determina a través de
sus acciones libremente asumidas, no es solo lo dado, sino también lo que
“todavía” no es, es decir, lo que puede llegar a ser cuando despliegue
existencialmente su libertad. La persona es, pues, unidad
sustancial de cuerpo y alma racional con
notas características propias: es un ser racional,
con voluntad, con una capacidad de amar y de apertura al otro, etc.
Existen unas notas características propias de la persona humana, que son
una manifestación de su ser personal:
La corporalidad: que sin duda, es el signo primero para el
reconocimiento de un alguien. A este propósito se advierte que la persona
humana se nos hace presente a través del cuerpo, el cual está provisto de su
misma singularidad. Esta corporalidad nos hace posible estar en el mundo y
entablar relaciones dentro de él. Es el instrumento a través del cual el
espíritu humano se lo comunica al exterior.
La apertura en cuanto nota constitutiva de la esencia de la persona se
fundamenta en la propiedad denominada relacionalidad; según esto, la vida
humana se encuentra orientada en dos direcciones fundamentales y
complementarias: “hacia dentro y hacia fuera”. Hacia dentro en cuanto, la
persona busca ansiosa la comprensión de sí misma; reflexión, auto conocimiento, silencio, alegría, creatividad, entre
otros. Y hacia fuera es el camino de la excentricidad, exterioridad; cultura,
trabajo, comunicación, participación, exterioridad.
La
Unidad: el hombre no
es solamente alma espiritual, sino un compuesto de alma y cuerpo. La condición
personal se manifiesta a través de la totalidad. En la metafísica tradicional
la persona es entendida como totalidad. En esta visión, la relación que se
establece entre los principios constituidos del hombre, alma y cuerpo,
encuentra su sentido en función de la composición de ambos principios.
Cabe señalar
que estas notas características son una manifestación del ser personal, pero no
son la persona en sí misma. Por eso, algunas de ellas, el embrión las posee en
potencia.
Dignidad
humana
La palabra dignidad, “constituye una especie de preeminencia, de bondad
o de categoría superior, en virtud de la cual algo destaca, se señala o eleva
por encima de otros seres, carentes de tan excelso valor”.[8] En
concordancia con el término persona, se puede considerar redundante, pues,
vienen a significar lo mismo. Hablar de persona equivale a hablar de dignidad.
KANT, lo exponía de la siguiente manera: "la
humanidad misma es una dignidad, porque el hombre no puede ser tratado por
ningún hombre (ni por otro, ni siquiera por sí mismo) como un simple medio o
instrumento, sino siempre, a la vez, como un fin; y en ello estriba
precisamente su dignidad (la personalidad)”[9].
La dignidad personal descansa en un valor ontológico,
que es connatural a la persona. Nace del valor intrínseco de la persona, de
quién proceden los deberes y derechos naturales y que se reconoce porque es previa a todo
reconocimiento jurídico. La dignidad humana no se basa en un acuerdo o
consenso entre los hombres.
La dignidad humana se fundamenta en lo que el hombre «es», es decir, en su modo de ser, lo cual indica, que tiene una
esencia específica (naturaleza humana). Por tanto, la persona humana es digna
por el simple hecho de ser un individuo de la especie humana. La dignidad
humana como tal, no es un logro, ni una conquista, sino una verdad del modo de
ser humano; lo que sí se puede conquistar es el re-conocimiento por parte de la
sociedad del valor y dignidad de la persona humana. En tal sentido, “La
dignidad tiene que ver más con la interioridad de la persona que con los
resultados que obtenga; con la singularidad ontológica irrepetible, que la
caracteriza, que con el alto nivel de calidad de vida que pueda obtener, por
muy elevado que éste sea”.[10]
La dignidad, calificada como “ontológica o constitutiva,
irrenunciable e inadmisible, que permanece a todo hombre por el hecho de serlo
y se halla indisolublemente ligada a su naturaleza racional y libre”[11].
Desde este punto de vista, todos los hombres, incluso, hasta el más depravado
tienen estricto derecho a ser tratados como personas. La dignidad ontológica,
nunca se pierde. Es en este fundamento, en el que se asientan todas las notas
características de la persona humana.
Para la tradición cristiana la única forma de afirmar
la dignidad incondicionada de la persona humana es el reconocimiento explícito
de que el hombre está creado a
imagen y semejanza de Dios, es
decir, tiene un fin sobrenatural, una vocación divina inscrita en lo más
profundo de su ser: está llamado a la
comunión eterna. En este contexto,
la Gaudium et spes afirma
categóricamente: “la razón más alta de la dignidad humana consiste en la
vocación del hombre a la unión con Dios”. Es tanta la dignidad del hombre, que
es la "única criatura en la tierra a la que Dios ha amado por sí
misma".[12]
La dignidad humana, como venimos diciendo, deriva de
su índole de persona, imagen y semejanza de Dios y que se manifiesta en su
actuar libre. Esta dignidad nunca se pierde y es igual para todos los hombres,
ni siquiera el peor malhechor la pierde, aunque tenga el peor castigo. Sin
embargo, es preciso señalar, que existe también una dignidad moral que depende
del uso que se haga de la libertad. Se trata de una dignidad “añadida”,
“complementaria” que se deriva del carácter libre del hombre. Ésta si se puede
perder.
De todo lo citado en este apartado se puede deducir
que el fundamento último de la dignidad
se encuentra en “la peculiarísima
relación que une al hombre al Absoluto. De hecho, cuando se ha querido
prescindir de esa relación, convirtiendo al hombre en principio único y
fundamento pleno de sí mismo, se ha desembocado en la más clara negación
teórica de la dignidad humana y en los más netos abusos y atentados contra esa
misma nobleza”.[13]
Muchos atentados en torno a la vida humana en el presente siglo, son claro
ejemplo de las múltiples aberraciones en relación a la persona; por ejemplo:
los miles de abortos practicados, las prácticas de eutanasia, los experimentos
con embriones, las nuevas técnicas de procreación artificial, etc.
Dignidad
del embrión humano
Hemos hablado de una dignidad ontológica o
constitutiva, que pertenece a todo hombre por el hecho de serlo y se halla
totalmente ligada a su naturaleza racional y libre.
Desde el punto de vista científico, parece hoy
demostrado que desde “el instante mismo de la fecundación, se instaura una
nueva vida, dotada de un dinamismo propio e intrínseco y por tanto,
perteneciente a sí misma, y no al padre o a la madre. Evidentemente, las
relaciones de dependencia de este nuevo ser con respecto medio –en este caso,
el seno materno- son extraordinarias, hasta el punto de que, sin las
aportaciones de la madre, esa nueva vida se extinguiría”.[14]
La dependencia del embrión humano, a la madre, es
circunstancial, temporal, no ontológica. Pues, posee un ser autónomo, en sí
mismo y no en el ser de la madre; es una sustancia individual, distinta de la
entidad sustancial de la madre, no es un accidente; es un ser único e
irrepetible, valioso por sí mismo, con todas las potencialidades de una persona
humana, aunque todavía no manifieste
plenamente una actuación autónoma. Este hecho se puede comprobar de modo
contundente, -como dice MELENDO- en la fecundación in vitro: “el embrión no
constituye un apéndice de la madre, por el sencillo hecho de que también puede
desarrollarse, en sus primeras etapas, en un medio de cultivo exterior al
organismo materno”[15]. Por
tanto, el embrión humano es un ser autónomo en su ser, pero, dependiente de un
medio adecuado para su sobrevivencia. El fundamento de esa autonomía radica en
que no es solo cuerpo (parte material), sino, también espíritu (alma
espiritual) que hace partícipe del ser al cuerpo y los dos constituyen un solo
ser en una unidad íntima.
Así pues, el ser humano desde su concepción tiene un
ser excelente y autónomo, tiene en sí todas las potencias listas para
desarrollarse y llegar a la plenitud de su ser personal. En su mismo ser está
esa potencialidad o virtualidad que se actualizarán plenamente si se ponen las
condiciones necesarias para la realización de su proyecto humano. Por tanto,
nadie ni nada debe interponerse a este desarrollo natural de su ser que se
impone y exige ser respetado.
Otro aspecto que la ciencia demuestra, es que en “el
desarrollo que se lleva a cabo desde el momento de la fecundación hasta el
nacimiento, no existe quiebra alguna
por la que pudiera admitirse un cambio
en la condición de sujeto de ese
despliegue; en otras palabras, en el genotipo del cigoto está ya contenida la
identidad biológica del individuo adulto y , en cierto modo, la fuerza radical
que hará en el pequeño conjunto de células derivado de la fragmentación del
cigoto se desarrolle hasta alcanzar el estado de embrión, feto, neonato e
individuo adulto”[16]. En
este sentido, el genetista Jérome Lejeune hace la siguiente afirmación:
“Aceptar que después de la fecundación un nuevo ser ha comenzado a existir no
es ya una cuestión de gusto o de opinión (…) no es una hipótesis metafísica,
sino una evidencia experimental”.[17] En
consecuencia, se puede afirmar que la ciencia experimental solo puede conocer el
cuerpo humano y no la verdad sobre el ser personal del hombre, que solo puede
ser conocida a la luz de la filosofía, y en cierta manera también de la
teología, con sus medios cognoscitivos propios, así como haciendo uso de los
datos que ofrecen las ciencias experimentales.
“La ciencia no puede sustituir a la filosofía y a la
revelación, dando una respuesta exhaustiva a las
cuestiones fundamentales del hombre, como las que atañen al sentido de la vida
y la muerte, a los valores últimos, y a la naturaleza del progreso mismo. La ciencia, aunque es generosa, da sólo lo
que puede dar. El hombre no puede poner en
la ciencia y en la tecnología una confianza tan radical e incondicional como
para creer que el progreso de la ciencia y la tecnología puede explicarlo todo
y satisfacer plenamente todas sus necesidades existenciales y espirituales”.[18]
El embrión humano es persona y, por lo mismo, digno
desde el instante de la concepción, y como persona posee una naturaleza
racional; pues si bien es cierto su cuerpo no está todavía plenamente
desarrollado y no se manifiesta como humano -en los primeros meses de vida-,
pero posee una alma espiritual perfecta, que todavía no se expresa al exterior
con plenitud porque necesita de un cuerpo desarrollado para ejercitar su inteligencia
y su voluntad libre; pero es precisamente su alma racional la que le hace ser
persona. Si el ser humano no tuviera alma espiritual, no existiría una
diferencia esencial entre su ser y el de los demás seres existentes del mundo
material.
No es válido afirmar que el embrión humano es persona
solo en potencia, así lo afirma PARDO: “El embrión no es un hombre en potencia
sino un ser humano en acto. No es una persona potencial, sino que es
actualmente una persona humana con potencialidades todavía no actualizadas.
Lo que está en potencia es el desarrollo de unas facultades, pero no el sujeto
de tales facultades”.[19] Por
tanto, toda persona no nacida, desde el mismo instante de la concepción, debe
ser respetada y valorada en su ser.
Conclusiones
·
Al hablar de
Persona humana, inmediatamente, se hace referencia a su dignidad que lo eleva,
lo hace superior y trascendente a los demás seres creados. Ésta tiene un
fundamento ontológico en el que se asientan todas las notas características de
su ser personal.
·
El embrión es
persona humana, no en potencia, sino en acto. Posee dignidad desde el instante
de la concepción, tiene un ser excelente y autónomo, en sí mismo. Tiene en sí
todas las potencias listas para desarrollarse y llegar a la plenitud de su ser
personal. Por tanto, merece ser reconocido, respetado, amado y tratado como
tal.
Referencias Bibliográficas
1.
AZNAR Justo, PASTOR Luis. Estatuto biológico del embrión
humano. En: AZNAR Justo, Coordinador. La vida humana naciente 200 preguntas y
respuestas. Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos; 2007.
2.
BENEDICTO XVI.
Discurso a la Academia Pontificia
de las Ciencias. Revista Palabra “06 de noviembre” 2006 (Nº 516, DP 204:208).
3. Documentos del Vaticano
II. Gaudium et Spes. 43ª Ed. España: Biblioteca
de Autores Cristianos; 1991.
4.
GARCÍA José. Antropología
Filosófica: una introducción a la filosofía del hombre. 2ª Ed. Pamplona; Ediciones universidad de Navarra, S. A; 2003.
5.
LÓPEZ Natalia. La Realidad del Embrión Humano en los
Primeros Quince Días de Vida. Persona y Bioética. 2004. ”Enero-Abril”.
6.
MELENDO Tomás,
Dignidad de la Persona. En: Polaino-Lorente A, Director. Manual de Bioética General.
4ª Ed. Madrid: Ediciones Rialp S.A; 2000.
7.
MELENDO, Tomás. Dimensiones
de la Persona. 2ª Ed. Madrid: Palabra; 2001.
8.
PARDO José. Bioética Práctica, al alcance de todos. Alcalá, Madrid: Ediciones Rialp. S. A; 2004.
9.
POLAINO-LORENTE Aquilino. Fundamentos de psicología de la personalidad. España: Ediciones Rialp. S. A; 2003.
[1] LÓPEZ Natalia. La Realidad del Embrión Humano en los
Primeros Quince Días de Vida. Persona y Bioética. 2004. “Enero-Abril”. N°
20-21.
[2] AZNAR Justo, PASTOR Luis. Estatuto biológico del
embrión humano. En: AZNAR Justo, Coordinador. La vida humana naciente 200
preguntas y respuestas. Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos; 2007. p. 21
[3] IBÍDEM, p. 24.
[4] Cfr. AZNAR Justo, PASTOR Luis. Op. Cit., pp. 24-26.
[5] MELENDO Tomás, Dignidad de la Persona. En:
POLAINO-LORENTE Aquilino, Director. Manual de Bioética General. 4ª Ed. Madrid:
Ediciones Rialp S.A; 2000.p.59
[6] GARCÍA José. Antropología
Filosófica: una introducción a la filosofía del hombre. 2ª Ed. Pamplona; Ediciones
universidad de Navarra, S. A; 2003. p.
119.
[10] POLAINO-LORENTE Aquilino. Fundamentos de psicología
de la personalidad. España: Ediciones Rialp. S.
A; 2003. p. 50.
[12] Documentos del
Vaticano II. Gaudium et Spes. 43ª Ed.
España: Biblioteca de Autores Cristianos; 1991. Nº 24.
[15] IBÍDEM, p. 67.
[16] IBÍDEM, p. 67.
[17] IBÍDEM, p. 67.
[18] Benedicto XVI. Discurso a la Academia Pontificia de las Ciencias. Revista Palabra
“06 de noviembre” 2006 (Nº 516, DP 204:208) pp. 208 – 209.
[19] PARDO José. Bioética Práctica, al alcance de todos. Alcalá, Madrid: Ediciones Rialp. S.
A; 2004.p.69.